La Justicia de Tucumán ratificó el sobreseimiento a los cuatro exjugadores de Vélez acusados de abuso sexual, cerrando otro capítulo de uno de los casos más polémicos que sacudió al fútbol argentino en 2024. La sentencia fue confirmada por el Tribunal de Impugnación del Centro Judicial Capital.
La jueza Patricia Carugatti rechazó de plano los planteos impugnatorios presentados por la querella y confirmó el sobreseimiento. Es el segundo fallo favorable a los futbolistas en menos de seis meses. La primera sentencia absolutoria había sido dictada en diciembre de 2025 por el juez Augusto Paz Almonacid, en una resolución de 59 páginas que analizó punto por punto los planteos de la representación legal de la denunciante y los desestimó en su totalidad.
¿QUÉ SIGUE AHORA?
Con el sobreseimiento ratificado, a la querella le queda únicamente el camino de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, instancia que no tiene plazo establecido para resolver. En última instancia, podrán recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los cuatro exjugadores de Vélez, que pasaron 920 días con arresto domiciliario, mantienen su condición de inocentes ante la Justicia.
CÓMO LLEGAMOS HASTA ACÁ
La denuncia había sido presentada en marzo de 2024. Una joven tucumana aseguró que tras un partido del Fortín en la provincia fue invitada al hotel Hilton donde se hospedaba el plantel. Según su relato, en la habitación estaban los cuatro jugadores y tres de ellos abusaron de ella mientras se encontraba desvanecida. Sosa, según su versión, dormía pero estaba al tanto de lo que ocurría. Tras la denuncia, los cuatro futbolistas quedaron en prisión preventiva con arresto domiciliario durante 920 días antes de recuperar la libertad.
El giro en la causa llegó en octubre de 2025 cuando Florentín contra denunció a la denunciante, a sus abogados y al diputado nacional Carlos Cisneros por presunta asociación ilícita destinada a falsear pruebas. Se allanaron estudios jurídicos, domicilios de testigos y la casa de la abuela de la joven. En el análisis de los teléfonos se encontraron mensajes que las defensas consideraron incriminatorios. En diciembre, el juez Paz Almonacid sobreseyó a los cuatro acusados por falta de elementos suficientes para sostener la acusación penal.
La querella recurrió apoyándose en dos ejes: cuestionó la legalidad de la ampliación de la pericia informática sobre los teléfonos de los testigos, argumentando vulneración de la privacidad y el secreto profesional, y objetó la valoración de las pruebas digitales, biológicas y psicológicas. Tras cuatro jornadas de audiencia durante mayo, la jueza Carugatti concluyó que ninguno de los planteos logró demostrar arbitrariedad ni errores que justificaran revocar la sentencia. También tuvo peso el hecho de que el Ministerio Público Fiscal no presentó recurso contra el fallo absolutorio ni se adhirió a la impugnación.




